DGII fija noviembre para uso exclusivo de facturas electrónicas en grandes y medianas empresas

La Dirección General de Impuestos Internos anunció este miércoles una nueva etapa obligatoria dentro del proceso de digitalización tributaria dominicana. A partir del 1 de noviembre de 2026, los contribuyentes clasificados como Grandes Locales y Medianos deberán utilizar exclusivamente facturas electrónicas, emitidas mediante secuencias de Comprobantes Fiscales Electrónicos o e-CF tipo “E”. Esto significa que para ese grupo empresarial dejará de ser una opción mantener simultáneamente el esquema ordinario de comprobantes fiscales no electrónicos utilizado tradicionalmente en numerosas operaciones comerciales.

La DGII estableció que las secuencias de comprobantes no electrónicos tipo “B” asignadas a esas empresas serán válidas solamente hasta el 31 de octubre. Desde el día siguiente, su utilización quedará limitada a situaciones excepcionales de contingencia declarada y bajo las reglas previstas en el Reglamento 587-24. El cambio obliga a las empresas que todavía mantienen procesos paralelos o parcialmente manuales a revisar sistemas administrativos, programas de facturación, procedimientos contables y conexiones con proveedores antes de que finalice octubre.

La medida no significa que la obligación de implementar facturación electrónica para estos contribuyentes aparezca por primera vez en noviembre de 2026. Grandes contribuyentes locales y empresas medianas ya habían atravesado etapas y plazos previos establecidos por la Ley 32-23. Lo novedoso ahora es la decisión de pasar al uso exclusivo de las secuencias electrónicas para sus operaciones ordinarias, cerrando definitivamente el período en el que podían coexistir determinados comprobantes electrónicos con secuencias convencionales tipo “B”. Esa diferencia es importante para evitar confundir la fecha original de implementación con esta nueva fase de exclusividad.

Según la administración tributaria, el país cuenta ya con 190 proveedores autorizados de servicios de facturación electrónica, lo que ofrece distintas alternativas tecnológicas a las empresas que necesitan adaptar sus sistemas. El objetivo institucional es que las transacciones puedan registrarse y procesarse de forma más eficiente, facilitando controles tributarios y reduciendo procedimientos asociados con documentos físicos. Para las empresas, sin embargo, el cambio implica también responsabilidades: mantener infraestructura tecnológica estable, garantizar continuidad de operaciones, capacitar personal y disponer de planes de contingencia frente a eventuales fallas de sistemas.

La transición hacia el e-CF también proporciona a la DGII mayor capacidad para analizar operaciones en un entorno digital y detectar inconsistencias con mayor rapidez. Para los contribuyentes, una plataforma bien integrada puede reducir procesos de archivo y digitación, pero la adaptación será distinta dependiendo del tamaño y complejidad de cada compañía. Empresas con grandes volúmenes de transacciones deben garantizar que ventas, inventarios, contabilidad y facturación puedan comunicarse correctamente con las especificaciones establecidas por la administración tributaria. Cualquier problema técnico después de la fecha límite podría afectar directamente la capacidad de emitir comprobantes válidos.

La DGII aclaró además que existe otra fecha que no debe confundirse con la del 1 de noviembre: los contribuyentes clasificados como Pequeños, Micros y No Clasificados recibieron una prórroga cuyo plazo concluye el 15 de noviembre de 2026. Son grupos distintos y obligaciones con calendarios diferentes. Para grandes locales y medianos, el punto decisivo será el 1 de noviembre, cuando la facturación electrónica pase a ser la vía ordinaria exclusiva. Para las compañías alcanzadas por la medida, los próximos dos meses serán esencialmente un período final de adecuación antes del cierre de los comprobantes convencionales.

Saúl Moya

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