Medio Ambiente interviene construcciones levantadas dentro de la franja protegida del río Maimón

El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales intervino dos construcciones situadas en las proximidades del río Maimón, en la zona de Juan Adrián, provincia Monseñor Nouel, luego de establecer mediante inspecciones técnicas que parte de las estructuras ocupaba terrenos correspondientes a la franja obligatoria de protección del cauce. La actuación fue ejecutada por la Dirección de Fiscalización Ambiental con apoyo del Servicio Nacional de Protección Ambiental, después de recibir denuncias relacionadas con obras que continuaban desarrollándose cerca de la ribera del río.

Uno de los casos llamó especialmente la atención de las autoridades debido a que no se trataba de una obra desconocida para la administración ambiental. El expediente muestra que ya se habían realizado actuaciones desde agosto de 2025 y que durante 2026 volvieron a ordenarse paralizaciones. Pese a esas disposiciones, las inspecciones posteriores comprobaron que los trabajos habían continuado. La situación motivó una nueva intervención durante esta semana, al considerar Medio Ambiente que existía un incumplimiento de las restricciones previamente establecidas sobre el terreno.

El propietario o promotor de una de las propiedades había recibido un Certificado de Registro de Impacto Mínimo, pero ese documento permitía únicamente determinadas actividades de limpieza y nivelación. Según el expediente divulgado, no constituía una autorización para levantar una edificación en el lugar. A pesar de ello, posteriormente fue construida una estructura de dos niveles. El levantamiento realizado por los técnicos encontró que tres de los seis vértices de esa edificación se encontraban dentro de los 30 metros de protección establecidos alrededor del río, lo que llevó a las autoridades a catalogar esa parte de la obra como irregular.

Los inspectores identificaron además una segunda construcción en proceso que también afectaba la zona protegida. La legislación ambiental dominicana establece que las márgenes de los ríos deben conservar una franja de protección de 30 metros. Ese espacio no constituye únicamente una delimitación administrativa: cumple funciones relacionadas con la conservación del cauce, la protección de la vegetación ribereña y la reducción de riesgos frente a crecidas repentinas. Construir demasiado cerca de los ríos puede alterar el comportamiento natural del agua y aumentar la exposición de personas y propiedades durante episodios de lluvias intensas.

El episodio adquiere relevancia particular porque República Dominicana enfrenta de manera recurrente conflictos entre crecimiento inmobiliario, ocupación territorial y conservación de recursos hídricos. En muchas comunidades, los ríos y cañadas han quedado progresivamente rodeados por viviendas, comercios y otras estructuras, lo que complica el manejo ambiental y aumenta la vulnerabilidad frente a inundaciones. Casos como el registrado en el río Maimón ponen a prueba la capacidad de las instituciones para hacer cumplir las restricciones antes de que las construcciones alcancen un grado avanzado que vuelva más difícil su paralización o eliminación.

Medio Ambiente indicó que mantendrá la fiscalización sobre las propiedades intervenidas y continuará realizando inspecciones para impedir ocupaciones que comprometan ríos y otros cuerpos de agua. El elemento más delicado del caso es precisamente que una de las construcciones habría seguido avanzando después de órdenes anteriores de paralización. Por eso, además de determinar el destino administrativo de las estructuras, el expediente servirá para establecer si existieron responsabilidades adicionales derivadas del incumplimiento de disposiciones emitidas por la autoridad ambiental.

Saúl Moya

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